
Muchas veces cuando ojeamos las facturas, sólo reparamos en el importe, sin observar si realmente la cantidad que reflejan se corresponde con el gasto que hemos realizado, o si en cambio, existe alguna irregularidad.
En este último caso, el consumidor debe armarse de recursos para hacer valer sus derechos.
La primera estrategia para evitar el pago de una factura abusiva, consiste en verificar todos los recibos o extractos en el momento de recibirlos. En el caso de los abonos efectuados con tarjetas de crédito, el titular de la misma debe chequear el importe del pago, sin que ello implique desconfianza respecto a la buena voluntad del dependiente.
Los abusos en las facturas suelen producirse en aquellos pagos que se domicilian a través de la entidad bancaria. Frente a esto, el consumidor debe revisar cada apunte registrado en la cuenta corriente y detenerse en los presuntos importes sospechosos de irregularidad. Una vez que el usuario tenga la certeza de que existe una anomalía, debe documentar el asunto para realizar una declaración. En la mayoría de los casos, los disgustos de los consumidores suelen desaparecer con simple llamada al teléfono de atención al cliente de la presunta compañía infractora. Todas las grandes empresas tienen informatizados los movimientos de sus clientes, y son capaces de consultarlos en tiempo real, por lo que puede bastar una conversación para aclarar la situación, y subsanar los errores o daños causados.
En caso contrario, el consumidor tiene que elevar su reclamación al departamento responsable del presunto error, aportando copias de los documentos, recibos o facturas que argumenten su defensa. La recopilación de las pruebas no siempre es una tarea sencilla, ya que para ciertos servicios no existen contadores en los domicilios, en los que puedan comprobarse que la facturación se realiza correctamente en función de los consumos. Las reclamaciones relacionadas con el gasto de la luz, el agua o el gas natural tienen muchas probabilidades de prosperar, puesto que los contadores no engañan.
Legislación en defensa del consumidor
Antes de acudir a la justicia ordinaria -previo asesoramiento de un servicio jurídico-, el consumidor puede denunciar la irregularidad ante los organismos de defensa de los consumidores y departamentos de consumo de las administraciones locales.
La Ley 26/84 General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios estipula que los poderes públicos tienen la obligación de garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, y regula con detalle los siguientes asuntos:
-Establece el papel de las Asociaciones de Consumidores en la defensa y representación de los derechos e intereses de los consumidores.
-Concreta los beneficios que conlleva el que el consumidor acceda a la justicia a través de las Asociaciones de Consumidores.
-Especifica qué vías de resolución de conflictos pueden utilizar los consumidores.
-Ampara al consumidor frente a los riesgos que afecten a su salud o seguridad.
-Le protege de sus legítimos intereses económicos y sociales.
-Exige la indemnización o reparación de los daños y perjuicios sufridos.
-Demanda la información correcta sobre los bienes y servicios, formación y educación de los consumidores.
-Exige la audiencia en consulta, así como la participación en la elaboración de las disposiciones generales que les afecten, y representación de sus intereses a través de las Asociaciones de Consumidores.
-Ampara la protección jurídica, administrativa y técnica en las situaciones de inferioridad, subordinación o indefensión.
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