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¿Qué hacer en caso de goteras?

¿Quién no ha visto alguna vez grietas, desconchones o antiestéticas manchas en paredes y techos originadas por la humedad? Conocer la procedencia de esas trazas de agua es primordial para poner solución cuanto antes a las goteras y determinar de quién es la responsabilidad en cada caso.

En ocasiones el motivo de los daños por agua causados en un edificio es la lluvia, en otras, fugas de tuberías, canalones o un simple grifo abierto. Igualmente las obras son culpables habituales de la aparición de goteras, así como las averías en lavadoras y lavavajillas.

Indistintamente, lo importante es reaccionar a tiempo para averiguar la causa y así conocer a quién corresponde costear la reparación y resarcir económicamente a los perjudicados por los desperfectos. Por tanto, desde el primer indicio hay que buscar la procedencia, para evitar que el alcance del siniestro sea mayor y se produzcan más daños. Se debe tener en cuenta que el origen de un escape que se manifiesta en un sitio puede estar a algunos metros de distancia.

Tras descubrir el motivo de la filtración, siempre que proceda del exterior del inmueble, el dueño de la propiedad afectada podrá exigir el arreglo de la avería y de los desperfectos ocasionados, así como reclamar una indemnización por los trastornos sufridos. Una vez efectuada la reparación, la vivienda deberá quedar igual que antes del siniestro. De no ser así, la aseguradora tendrá que llegar a un acuerdo económico con el propietario de la casa para resarcirle por los daños. Existe un teléfono, habilitado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda, donde se pueden consultar dudas sobre el adecuado procedimiento de las compañías aseguradoras, es el 902197936.

Cubiertas y fachadas

Ya sean inundaciones o pequeñas fugas, lo primero que hay que dilucidar es de dónde proceden. Luego habrá que hacer un pequeño inventario de a qué afectan. Indiscutiblemente, si se trata de los muros perimetrales, la cubierta de la casa o de las filtraciones producidas de terraza a terraza debido al envejecimiento del inmueble o a las inclemencias climatológicas, será la comunidad la responsable.

Un mal aislamiento de la azotea, del tejado, de un ático, de la fachada y, en definitiva, de cualquiera de los elementos comunes del edificio, puede llegar a provocar importantes daños materiales en un hogar, además de muchas molestias en cualquier vecindario a la hora de determinar responsabilidades. 

Agua en el interior

Pero si las humedades tienen su origen en el interior del edificio, sólo hay que consultar la legislación: las conducciones y canalizaciones de agua son elementos comunes hasta que se adentran en la vivienda. Por tanto, de cualquier escape que tenga lugar en el espacio privativo debe responder el seguro particular de cada propietario, excepto si se trata de una fuga procedente de las bajantes comunes de aguas fecales. También será la comunidad la que corra con los gastos si se demuestra que los desperfectos han sido ocasionados por una subida de la presión de las tuberías y el fallo se ha producido en la instalación general de la calefacción central o el agua caliente.

No obstante, y aunque la mayoría de los hogares tienen contratado un seguro multi-riesgo al que sus propietarios deberán dar parte, tanto si son perjudicados como si son responsables, es mejor prevenir. Una medida básica es dejar cerrada la llave de paso cuando la casa se vaya a quedar vacía durante un largo periodo de tiempo.

Respecto a la póliza del seguro, conviene contratarla con una compañía solvente. En caso de que sea la compañía de un vecino o de la comunidad de propietarios la que haya de reparar una humedad, se aconseja no emprender las obras sin haber seguido los pasos pertinentes que marca la ley. Lo lógico es avisar al seguro de la vivienda, que trasladará a un perito para que identifique la causa y contacte con la compañía del vecino o de la comunidad. En este último caso, corresponderá al seguro de responsabilidad civil del edificio correr con los gastos; además de reparar la humedad, debe asumir los daños causados a los bienes privados. Pero la reparación habrá de aprobarse por la junta de propietarios.

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7 de septiembre de 2005


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