POLITICA DE DIVIDENDO (Aprobada mediante Junta General de Accionistas de fecha 22 de Julio del 2003)
Consistente en la distribución de un mínimo del veinte (20) por ciento y un máximo del cien (100) por ciento de las utilidades distribuibles del ejercicio anual. Los criterios para la aplicación de dicha política son: la situación financiera y los requerimientos de inversión de la empresa, durante el ejercicio respectivo. El Directorio queda facultado para acordar la distribución de uno o más dividendos a cuenta y determinar la oportunidad de su pago. Si, atendiendo a los criterio señalados, el reparto de utilidades en los porcentajes establecidos resultara inconveniente a juicio de la junta o, en su caso, del Directorio, los referidos órganos podrán disponer el reparto de un porcentaje menor al mínimo establecido. Sin perjuicio de lo anterior, toda distribución de dividendos deberá respetar lo establecido en la Ley General de Sociedades. |